Nuevas cuantías 2023 del complemento en pensiones para la reducción de la brecha de género

10 Enero, 2023

¿Tienes hijos? Si es así, puede solicitar el complemento para reducir la brecha de género, junto al trámite de solicitud de su pensión de jubilación, incapacidad o viudedad. Este complemento entró en vigor el 4 de febrero de 2021 y beneficia a todas las pensiones aprobadas a partir de esa fecha.

El complemento para reducir la brecha de género busca compensar el posible perjuicio en la carrera profesional en los periodos posteriores a tener un hijo, sufrido por muchas mujeres. Se puede amplía al progenitor que acredite un perjuicio en su carrera profesional tras el nacimiento del hijo o hija, ya fuera padre o madre.

Los requisitos para poder beneficiarse del complemento son:

  • Tener uno o más hijos inscritos en el Registro Civil.
  • Estar adscrito a cualquier régimen del sistema de la Seguridad Social y solicitar una pensión contributiva de jubilación, de incapacidad permanente o de viudedad. Es decir, el complemento se sumará a las pensiones de jubilación ordinaria, jubilación anticipada voluntaria, incapacidad permanente y viudedad.
  • Los complementos que pudieran ser reconocidos en cualquiera de los regímenes de Seguridad Social serán incompatibles entre sí. Se abonará en el régimen en el que el causante de la pensión tenga más períodos de alta.
  • Si el que solicita el complemento es el padre, deberá acreditar los requisitos adicionales que puedes encontrar aquí, en la pestaña requisitos.

Independientemente de la pensión que se perciba, el complemento ha quedado establecido en una cuantía fija que se aplica sobre el importe de la pensión, desde el primer hijo y hasta un máximo de cuatro. Los importes para el 2023 son los siguientes:

  • Un hijo: 425,60 euros anuales, es decir, 30,40 euros mensuales.
  • Dos hijos: 851,20 euros anuales, es decir, 60,80 euros mensuales.
  • Tres hijos: 1.276,80 euros anuales, es decir, 91,20 euros mensuales.
  • Cuatro hijos o más: 1.702,40 euros anuales, es decir, 121,60 euros mensuales.

Este importe se revaloriza anualmente de acuerdo con la variación media, de los 12 meses previos al cierre de cada año, del Índice de Precios al Consumo IPC (igual que las pensiones). El complemento no se tiene en cuenta en la aplicación del límite máximo de las pensiones contributivas ni para determinar el complemento para pensiones inferiores a la mínima.

Ten en cuenta que el percibo del complemento es incompatible con la percepción de este complemento por el otro progenitor, por los mismos hijos o hijas. En el supuesto de que los progenitores sean dos mujeres, se reconocerá a la que perciba pensiones públicas cuya suma sea de menor cuantía. Si los progenitores son una mujer y un hombre que cumplen con los requisitos anteriormente señalados, podrá percibirlo el hombre si la suma de las cuantías de sus pensiones reconocidas es inferior a la suma de las pensiones que le corresponda a la mujer. Si los dos progenitores son hombres, se reconocerá a aquel que perciba pensiones públicas cuya suma sea la de menor cuantía.

Para aquellos que se les reconozca una pensión aplicando normativa internacional como puede ser el convenio bilateral de seguridad social entre España y EE.UU., el complemento se abonará en la parte proporcional según la prorrata aplicada a la pensión a la que acompaña.

Es necesario recordar a los beneficiarios que este complemento extra se puede cobrar de manera indefinida en cada mensualidad hasta que la brecha de género de la pensión de jubilación entre hombres y mujeres sea igual o inferior al 5%. Por el momento, en 2022, el índice estaba en el 25%.

 

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